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Creado por Yainco
16/03/2007 a las 21:18:50
16/03/2007 a las 21:18:50
Quitan puntos por ir en bici???? Creado el 16/03/2007 a las 21:18:50
Yo sigo pensando que no es lógico que lo hagan pero... visto lo visto...
Saludos.
Replicado por jukon
16/03/2007 a las 21:23:21
16/03/2007 a las 21:23:21
Replicado el 16/03/2007 a las 21:23:21
jajajaja yo no perderé puntos XD
pero yo por ejemplo:
cuando voy en bici no suelo llevar absolutamente nada en los blsillos porque me incomoda para hacer street..
si me ven unos mossos desqueadra y me detienen y todo eso. al ser menor tendrían que venir mis padres por el simple hecho de conducir mal en bici por barcelona?¿
queremos skateparks!!
Replicado por breack
16/03/2007 a las 21:25:08
16/03/2007 a las 21:25:08
Replicado el 16/03/2007 a las 21:25:08
Replicado por quick
16/03/2007 a las 21:26:05
16/03/2007 a las 21:26:05
Replicado el 16/03/2007 a las 21:26:05
no e oido una parida tan grande en mi bici, si a mi me quitaran puntos por ir en bici me arian falta unos 10000 puntos al mes!
porcierto aqui en valencia nos van a contruir un skatepark un circuito de bmx, i el 4x no es seguro
i mas cosas que no se que creo que son cosas de trial i cosas de esas
Replicado por ducatista
16/03/2007 a las 21:45:25
16/03/2007 a las 21:45:25
Replicado el 16/03/2007 a las 21:45:25
No se como estara redactado el articulo del codigo de circulación en el que se fija la sanción al conductor que hable por telefono mientras conduce.
De todas formas, podrá recurrir la sancion.
En cualquier caso, me parece que es una inconsciencia ir en bici y hablando por telefono.
Replicado por Mezat
16/03/2007 a las 22:21:06
16/03/2007 a las 22:21:06
Replicado el 16/03/2007 a las 22:21:06
Clubmtblosduques.blogspot.com
Replicado por Mezat
16/03/2007 a las 23:00:51
16/03/2007 a las 23:00:51
Replicado el 16/03/2007 a las 23:00:51
Saludos.
Clubmtblosduques.blogspot.com
Replicado por Ignaciozgz
17/03/2007 a las 0:43:54
17/03/2007 a las 0:43:54
Replicado el 17/03/2007 a las 0:43:54
Saludicos desde zgz.
Replicado por junior6
17/03/2007 a las 8:51:10
17/03/2007 a las 8:51:10
Replicado el 17/03/2007 a las 8:51:10
Saludos y que se fijen otras cosas!
Replicado por TrEbLa
17/03/2007 a las 9:31:14
17/03/2007 a las 9:31:14
Replicado el 17/03/2007 a las 9:31:14
Replicado por Mezat
17/03/2007 a las 21:42:12
17/03/2007 a las 21:42:12
Replicado el 17/03/2007 a las 21:42:12
Cita de Ignaciozgz: Si que te pueden quitar puntos si quieren o por lo menos eso dice la reforma de seguridad vial,aunque esta como el culo que por saltarme un semaforo con la bici me quiten puntos del carnet de coche,joer que me quiten la licencia si quieren,jajajajajja.Saludicos desde zgz. |
Voy a intentar aclarar este tema y zanjar las dudas de una vez por todas:
La Ley por la que se regula el PERMISO y la LICENCIA de conducción por Puntos y modifica la Ley Sobre Tráfico, circulación de VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL, es aprobada por el El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 29 de junio de 2005, (anteriormente denominado
Proyecto de Ley de permisos y licencias de conducción
por puntos, que modifica la «Ley de Tráfico, circulación
de vehículos a motor y seguridad vial» aprobada por
Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo), Esta ley y la reforma de la L.S.V. tiene una voluntad reeducadora se va a llevar a cabo,
esencialmente, con un claro objetivo de sensibilización
y permanente llamada de atención sobre las gravísimas
consecuencias que, para la seguridad vial y para la vida
de las personas, tienen los comportamientos reincidentes
en la inobservancia de las normas que regulan el
fenómeno creciente y cada vez más complejo de la circulación
o tránsito de vehículos a motor, (ojo a este dato ), poniendo así
en permanente riesgo el primero de nuestros derechos
fundamentales que es el derecho a la vida y a la integridad
física y moral de los usuarios de las vías públicas. Este texto está sacado del Boletín Oficial de las Cortes Grales, en su aprobación definita núm. 121/00013, siendo esta la ley y reformas definitivas y actualmente en vigor, continua diciendo, ....en segundo lugar, su efecto punitivo para aquellos
comportamientos, consistente en la disminución o pérdida
del crédito en puntos con que cuenta un conductor,
titular de permiso o licencia de conducción. , otro parrafo a tener en cuenta, Por ello, sólo las infracciones graves y muy graves,( ojo aqui también), recogidas en los apartados 4 y 5 del artículo 65 de la
aludida Ley, han de constituir la referencia legal obligada
sobre la que actuará todo el sistema por puntos tanto
de los permisos como de las licencias de conducción,
pues será en ambos tipos de autorizaciones sobre las
que actuará el sistema que con esta Ley se configura. Siendo reformado a tal efecto el Art. 60 de la L.S.V., (ojo aqui),
«Artículo 60. Permisos y licencias de conducción.
1. La conducción de vehículos a motor y ciclomotores
exigirá haber obtenido previamente la preceptiva
autorización administrativa, que se dirigirá a verificar
que los conductores tengan los requisitos de capacidad,
conocimientos y habilidad necesarios para la conducción
del vehículo, de acuerdo con lo que se determine
reglamentariamente. Se prohibe conducir vehículos a
motor y ciclomotores sin estar en posesión de la mencionada
autorización administrativa. Otro articulo muy a tener en cuenta, «Artículo 72. Personas responsables.1. La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto
en esta Ley recaerá directamente en el autor del
hecho en que consista la infracción, excepto en el
supuesto de los pasajeros de los vehículos que estén
obligados a utilizar el casco de protección en los casos
y en las condiciones que reglamentariamente se determinan,
en que la responsabilidad por la infracción
recaerá en el conductor., si lees la ley entera de cabo a rabo en ningún momento menciona a bicicletas ni a peatones, refiriéndose únicamente a conductores de vehículos sujetos a una autorización administrativa para conducirlos, es ilógico y claramente antijuridico que te quiten puntos por una infracción cometida con un vehículo que no está sujeto a ningún tipo de autorización, con el consiguiente perjuicio ocasionado, para que la DGT pueda retirarte los puntos antes tienes que estar dado de alta en el registro de conductores de vehículos a motor y ciclomotores, cosa que no es preceptiva al conducir una bicicleta, MTB en este foro, por lo que es IMPOSIBLE, que te quiten puntos con la bici, os aseguro que no es posible, (y eso la administración lo tiene claro), que ocurra esto. Siento haber soltado todo este rollo legislativo pero creo que es una forma de dejar algo más claro el tema. Saludos.
Clubmtblosduques.blogspot.com
Replicado por TrEbLa
17/03/2007 a las 21:52:15
17/03/2007 a las 21:52:15
Replicado el 17/03/2007 a las 21:52:15
Cita de belane: Trebla, jjejejej, si te pillan a tí saltando por ahí te van a quitar el carnet hasta 2027 por lo menos. |
jeje, por eso digo lo de darse a la fuga, que intente seguirme por enmedio de la ciudad. xDD
En la avenida de mi casa siempre ponen un radar, algun dia intentare pasar a mas de 50 (hace bajada) y les pedire la receta a los maderos, rollo Joe Bar Team.
Replicado por junior6
18/03/2007 a las 17:15:32
18/03/2007 a las 17:15:32
Replicado el 18/03/2007 a las 17:15:32
Saludos
Replicado por banani
18/03/2007 a las 18:29:50
18/03/2007 a las 18:29:50
Replicado el 18/03/2007 a las 18:29:50
Cita de junior6: Hoy lo e probado con na radar pasado a 55-60km/h i no a disparado dinguna foto, ademas si nos hace una foto que arian? Saludos |
jaja pos nolose xd
joder me e quedado de piedra al leer esto bueno yo mas o menos espeto los semaforos i asi pero bueno...
saludos
Replicado por mdavid
18/03/2007 a las 19:02:47
18/03/2007 a las 19:02:47
Replicado el 18/03/2007 a las 19:02:47
Cita de junior6: Hoy lo e probado con na radar pasado a 55-60km/h i no a disparado dinguna foto, ademas si nos hace una foto que arian? Saludos |
en la foto sale tu matricula... y despues pa ver si eres tu te miran el trasero
Salu2
Replicado por Arcucelos
18/03/2007 a las 19:53:10
18/03/2007 a las 19:53:10
Replicado el 18/03/2007 a las 19:53:10
Replicado por junior6
18/03/2007 a las 20:00:38
18/03/2007 a las 20:00:38
Replicado el 18/03/2007 a las 20:00:38
Cita de mdavid:
en la foto sale tu matricula... y despues pa ver si eres tu te miran el trasero Salu2 |
Seguro que me reconcerian por el culote es un specialized cactur del 92 amarillo fosforito!
Saludos!
PD: si me llega a denuncia ya pondre la foto en el fotomaton!XdXd
Replicado por Arcucelos
18/03/2007 a las 20:27:49
18/03/2007 a las 20:27:49
Replicado el 18/03/2007 a las 20:27:49
Replicado por junior6
18/03/2007 a las 20:44:28
18/03/2007 a las 20:44:28
Replicado el 18/03/2007 a las 20:44:28
Cita de Arcucelos: Ostras junior6, si tiene el culotte los mismos años que tu!! |
Ya es que mi padre se lo compro pero por leson ni se lo puso y un dia me lo encontr y ya se save.
Saludos
Replicado por Yainco
18/03/2007 a las 20:44:51
18/03/2007 a las 20:44:51
Replicado el 18/03/2007 a las 20:44:51
Cita de Mezat: En el mismo mismo blog que el que pones en el enlace termina diciendo........................Alfonso Treviño es asesor jurídico del Consejo Superior de Tráfico: A un vehículo que no necesita carné, ¿cómo le pueden retirar puntos?. Saludos. |
Eso es lo que yo siempre he pensado, al ser un vehículo que no necesita autorización (bueno salvo la de los padres, mujer y/o novia en algunos casos ) es ilógico que te quiten puntos del carné pero al leer esto me he quedado pasmado, supongo que fué una vacilada del policia que denunció al pobre chico pero manda güevos que lo insinuen siquiera.
Saludos y a ver quien es el primero que cuelga una foto del radar en el fotomatón, jejeje!!!
Replicado por jomitec
18/03/2007 a las 21:25:22
18/03/2007 a las 21:25:22
Replicado el 18/03/2007 a las 21:25:22
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