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Creado por yosolo1
11/01/2011 a las 12:06:21

yosolo1


Mensajes: 16
Mayo 2010 | HUESCA

intento de aclaración Creado el 11/01/2011 a las 12:06:21

caminos por donde circular con bici. 

1. por todos los caminos de titularidad pública, como regla general. 

Puede haber limitaciones, por ser Parque Nacional, ejemplo Ordesa, Huesca, (generalmente no está permitido), por ser Parque Natural, ejemplo Duratón, Segovia (distinto de parque nacional, y suele estar permitido, pero sólo por los caminos autorizados y no por fuera de pista, ojo a las señales, pero suele estar bien indicado y se suele informar con paneles informativos, también puede haber limitaciones durante ciertas épocas del año por la crianza de animales o peligro de incendio). Hay otras formas de protección menores pero que no suelen restringir el uso y si lo hacen se indica por señales, pues estás se reponen con regularidad sí son arrancadas.

Cuando no nos encontramos con éstas declaraciones de parques, es muy probable que estemos ante un camino público que no tienen limitación de uso por bicis, pero ojo, la nueva ley de tráfico establece un límite a la velocidad de las bicis (je je je, luego está el problema de la prueba) ahora no lo recuerdo estoy escribiendo directamente, pero creo que son 45 km por hora, (en las bajadas se sobrepasa con facilidad), se puede circular en paralelo con la limitación de la ley de tráfico, y ojo con los peatones, sí es un camino muy transitado cerrado al tráfico de vehículos no queda otra que sí no está prohibido el uso de bicis y hay muchos peatones que no nos permitan la distancia de seguridad a bajarse toca. 

Problema de las denominadas "sendas ciclables" la ley de seguridad vial sólo las menciona, no regula pero dice que por ellas circulan bicis y peatones, por espacios abiertos, bosque, etc, pero no dice quien tiene preferencia, sólo hace mención al logotipo que las identifica. Con el tiempo vía reglamento se regularán. Esto parece adelantar que las bicis probablemente no puedan circular, con el tiempo fuera de estas sendas, pero repito por ahora no está regulado.

Por los caminos privados, la regla general es que depende.

Caminos privados, son los que no son públicos (ja ja ja, es así, es decir los que pertenecen a personas físicas o jurídicas particulares) no quiere decir que no sean de uso público, que es una cuestión distinta. Por simplificar los caminos públicos nos pertenecen a todos los ciudadanos bien vía del Estado, vía de la Comunidad Autónoma, vía administración local (Diputaciones o Ayuntamientos), los privados pertenecen a personas concretas (Fulato de Tal, o Piraña.SA). El problema de los caminos privados es sí se pueden utilizar por el público en general. La regla general podría ser que si están cerrados, sólo su uso está permitido a quien autorice el dueño, si están abiertos y no hay ningún tipos de señal ni impedimento físico que impida el uso se puedan utilizar (servidumbre), pero ojo puede ser problemático, en todo caso siempre que se no impida el paso por una vía se recomienda ponerlo en conocimiento de la autoridad competente (Guardia Civil, o Policía Autonómica, según la ccaa en la que estemos), ponerlo en conocimiento no significa denunciar a la persona que nos haya impedido el paso, es sólo comunicar los hechos para que se investigue si alguien se está apropiando indebidamente de un bien público, la autoridad competente está obligada a abrir un expediente, luego puede terminar en el archivo, pero podemos tener la suerte que se remita al Ministerio Fiscal y este inicie una investigación, y la cosa es más seria.

Mencionar que hay Ayuntamientos que en vías de titularidad municipal están restringiendo el uso a las bicis vía ordenanza municipal, que son más difíciles de conocer. 

Sanciones.

Autoridad, Guardia Civil, Policía Autonómica, claro que pueden sancionar, vía legislación tráfico, vía legislación ambiental y administrativa. Guardas forestales, depende de la Comunidad, en todo caso pueden iniciar en procedimiento sancionador administrativo, el de circulación no. Siempre es mejor no ponerse "chulillos", y menos con  la Policía que son autoridad y sus declaración ante el juez revisten presunción de ser verdad, se aconseja ahora que llevamos móviles y cámaras gravar todo lo que suceda y cuantos más testigos mejor. No hay reglas generales, para actuar, una buena conversación respetuosa evita problemas.

Atención la Cañadas Reales, son vías públicas con autorización a bicicletas que no suelen tener caminos pero sí sendas, se rigen por una legislación específica, y dependen de la titularidad Estatal o autonómica, pero son 150.000 km de sendas que la ley permite el uso para las bicis.

Bueno he hecho un resumen sobre la marcha. Un saludo.