URBAN Publicado hoy 20 de Mayo

El BOE no aclara si el uso de la mascarilla será obligatorio para la práctica deportiva

El BOE no aclara si el uso de la mascarilla será obligatorio para la práctica deportiva

Hoy, miércoles 20 de Mayo se ha publicado en el BOE, la obligatoriedad de uso de la mascarilla por parte de la población como medida preventiva contra el contagio del Coronavirus - Covid19.

Se explica en el texto que la mascarilla será de " uso obligatorio en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años."

Acerca de la obligatoriedad o no del uso de la mascarilla durante la práctica deportiva siempre y cuando no se puedan mantener los dos metros de separación en el texto no se habla especificamente del deporte pero se dan los siguientes supuestos en los que el uso de la mascarilla es eximible.

2. La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 

Para evitar que una posible sanción quede libre a la interpretación de la norma por parte del agente de la autoridad sería deseable conocer si la práctica deportiva es considerado, tal y como explica el punto c, eximente del uso de la mascarilla para las actividades sanitarias. 

La presente orden entrará en activo desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

Leer BOE

 

 Por qué debemos aumentar la distancia de seguridad practicando deporte

 

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