Ante las reiteradas consultas que están llegando a las Federaciones Autonómicas sobre la posible utilización de los frenos de disco en competiciones de carretera en las diferentes categorías, la Comisión Técnico-Reglamentaria y el Comité Técnico de Árbitros de la RFEC, al objeto de evitar malos entendidos o interpretaciones desajustadas sobre el estado real y situación actual de este asunto, desea puntualizar lo siguiente:
La Unión Ciclista Internacional autorizó, tras los acuerdos con los diferentes actores -ciclistas, equipos y fabricantes-, a los equipos de carretera UCI World Tour, Continentales Profesionales UCI, Continentales UCI y Femeninos UCI, la posibilidad de utilizar frenos de disco en dos competiciones a su elección durante los meses de agosto y septiembre de 2015.
Esta autorización limitada en el tiempo y circunscrita única y exclusivamente a estos equipos profesionales de carretera ha sido el primer paso para, dentro de la actual fase de pruebas, intensificar los ensayos a lo largo de la temporada presente.
Así pues, durante este año 2016, la UCI seguirá haciendo un seguimiento pormenorizado, antes de su homologación de manera oficial, en principio y si los resultados son satisfactorios, prevista para 2017. Para poder seguir con esta fase de test, ha modificado los artículos 1.3.017 y 1.3.020 del Reglamento UCI.
Hasta que no finalice este proceso de ensayo dentro del campo profesional de carretera y se obtengan las conclusiones pertinentes que puedan tener, llegado el caso, su reflejo en una modificación normativa y reglamentaria que permita su autorización general para todas las categorías y competiciones ciclistas de carretera, su utilización no está contemplada en la normativa técnica nacional, de tal forma que se impide su uso en competiciones oficiales de carretera en categorías y equipos distintos a los citados UCI World Tour, Continentales Profesionales UCI, Continentales UCI y Femeninos UCI.
No obstante, la Comisión Técnico Reglamentaria continuara atenta a los avances que se vayan produciendo a lo largo de este proceso, para en años venideros, en base a las conclusiones que se obtengan de los tests actuales que se vienen realizando en las competiciones del calendario internacional en pruebas profesionales masculinas y femeninas; estudiar y analizar con el detenimiento requerido su eventual propuesta de implementación, previa aprobación, llegado el caso, del cambio normativo preceptivo a nivel nacional a efectuar por la Comisión Delegada, según los Estatutos vigentes.
fuente: rfec.com