El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León del pasado junio de 2011 en la que se anulaba la sanción a Roberto Heras por su positivo por EPO en la Vuelta a España 2005.
El corredor salmantino interpuso ante este organismo, y no ante el TAS, el recurso por la sanción de dos años que le impuso el Comité de Disciplina de la Federación de Ciclismo de la RFEC en 2006.
La Abogacía del Estado y la RFEC recurrieron la sentencia al Tribunal Supremo, que ha vuelto a dar la razón al ciclista, que queda como ganador de dicha prueba.